Alcaldía de Plaza fija normas claras para ejercicio de la economía informal en Guarenas
El horario de trabajo establecido es de 9 de la mañana a 8 de la noche, los días de parada serán los miércoles y domingos; además queda totalmente prohibida la venta de fritangas y pinchos en las calles de Guarenas
En pro de lograr una ciudad más ordenada y con ello mejorar la calidad de vida de los guareneros, el alcalde William Páez, por vía del decreto número 005-2007, fijó normas claras para el ejercicio de la economía informal en la jurisdicción de Plaza.
En reunión llevada a cabo en la sede de PoliPlaza, las autoridades de la municipalidad de Guarenas encargadas del área, expusieron a los trabajadores de la economía informal, integrados en la Asociación de Comerciantes del Casco Central (Asocasco), las normas establecidas en el decreto, sus alcances en materia de desacato, sanciones y la intención principal de este proceso organizativo.
Alberto Reyes, director de Hacienda Municipal, Richard Urbano, subdirector de la policía de Plaza, Dennys Mendoza, secretario de Seguridad Ciudadana y Wilmer Mendoza, titular de la Oficina Municipal de Defensa y Educación al Consumidor y Usuario (Omdecu), estuvieron presentes en la reunión en donde presentaron al gremio del comercio informal de Guarenas el contenido del documento, el cual entrará en vigencia en cuanto sea publicado en Gaceta Oficial por Secretaría Municipal.
"La intención principal de la normativa es el descongestionamiento, lograr mejorar completamente el flujo vehicular en el municipio. Con ello además conseguiremos ofrecer a los habitantes de Guarenas una ciudad más ordenada para así concretar planes de ornato, paisajismo y embellecimiento que plantea desarrollar el alcalde William Páez", explicó Reyes, titular de Hacienda.
Normativa concisa
En cuanto a la normativa específica en el decreto, uno de los puntos principales es el establecimiento del horario de trabajo: El inicio de la jornada diaria será a las 9 de la mañana y cerrará a las 8 de la noche. En este período de trabajo se incluye el tiempo de montaje y remoción del puesto de venta en su totalidad, pues, tal como explica el documento, "(...) En ningún caso se autoriza la instalación de estructuras fijas o de otro mobiliario que por sus dimensiones requieran ser desmanteladas".
Desde la fecha de entrada en vigencia del decreto 005-2007, los días de parada establecidos serán los miércoles y domingos, las 24 horas del día y sin excepción para ninguna zona del municipio ni actividad de comercio informal alguna. Las únicas fechas exentas de esta norma son el Día del Niño, Día del Padre, Día de la Madre y la época decembrina.
El documento oficial plantea en su quinto artículo: "todo vendedor ambulante debe encontrarse provisto de un permiso expedido por la Dirección de Hacienda Municipal. Dicho permiso tendrá una vigencia máxima de un año fiscal y un costo mensual de 0,5 Unidades Tributarias (UT)". Según el valor actual de la UT, fijado en 33 mil 600 bolívares, el costo del trámite es de Bs. 16 mil 800.
Otra de las normas establecidas, es la completa prohibición de la venta ambulante de fritangas y pinchos en el Casco Central de la ciudad y en el perímetro de 100 metros alrededor del boulevard de El Samán en el sector Trapichito.
En lo referente a la ubicación y las zonas de ejercicio del comercio informal, los puestos no podrán ubicarse en salidas de estaciones de gasolina, paradas de autobuses, entidades bancarias, centros de salud, así como en las esquinas a partir de la una distancia de dos metros y medio (2,5 mts) a cada lado, para un total de cinco metros (5 mts). Tampoco se admitirá el trabajo en alrededores o zonas que circunden o colinden con monumentos históricos, plazas, obras patrimoniales, edificios gubernamentales y todos aquellos espacios que por naturaleza sean emblemáticos, de alto valor cultural, deportivo o histórico.
Acerca de las personas que podrán ejercer la economía informal, el permiso podrá ser explotado exclusivamente por el ciudadano al cual se le autoriza el permiso y para ser ejercido en la ubicación allí establecida. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones será causal para la revocatoria del permiso.
Acciones directas para garantizar cumplimiento
El gobierno local desplegará operativos conjuntos entre las dependencias competentes, para regular el funcionamiento de los establecimientos informales en la jurisdicción.
La Policía Municipal (PoliPlaza) conjuntamente con la Oficina Municipal de Defensa y Educación al Consumidor y Usuario (Omdecu), realizarán inspecciones para hacer cumplir el decreto promovido por el mandatario local, así como el acatamiento de la Gaceta Oficial Nº 38.628, relacionada con la Ley de Defensa Contra el Acaparamiento, la Especulación y el Boicot.
El titular de Omdecu Plaza, Wilmer Mendoza, explicó que los comerciantes informales deberán ofrecer al público la lista de precios de los artículos que comercializan, además, otro de sus deberes obligatorios, es el cumplimiento de la regulación de precios en rubros como la carne. Por otra parte, se prohíbe sacar el producto del empaque original y colocarlo en bolsas plásticas, como ocurre frecuentemente con productos comestibles como azúcar y granos.
"A los comerciantes que incurran en irregularidades les será revocado el permiso de manera inmediata, pues así lo establece la ley", sentenció Mendoza.
Valery González
María Angélica Doble R.

